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ULTIMA NOTICIA MAYO 2020

En virtud de la Disposición final segunda de este Real-Decreto-ley se modifica el artículo 19 de la Ley 49/2002, incluyendo un incremento en los porcentajes de la deducción por donativos a entidades beneficiarias del mecenazgo para las personas físicas residentes en España (i.e.: contribuyentes del IRPF). Esta modificación tiene incidencia en las donaciones realizadas desde el 1 de enero de 2020:

 

–       Primeros 150 euros: deducción del 80% (antes del 75%).

–       Exceso sobre 150 euros: deducción del 35% (antes del 30%). En el caso de fidelidad, deducción del 40% (antes del 35%).